5 de mayo de 2015

Nuevo aplicativo del régimen de información de compras y ventas

Se encuentra disponible el aplicativo para que los sujetos obligados proporcionen la información de compras y ventas.

Nuevo aplicativo CITI
Los obligados a cumplir con este régimen son:
  • Los sujetos alcanzados por el régimen de factura electrónica (excepto los monotributistas)
  • Sujetos inscriptos en el impuesto al valor agregado a partir del 01/01/2014.
  • Sujetos inscriptos en el impuesto al valor agregado y que a al 01/01/2015 se encuentren alcanzados por el Régimen de Almacenamiento Electrónico de Registraciones y
  • Los designados a tal efecto por la AFIP, que se publicarán en www.afip.gob.ar/comprasyventas.

Operaciones comprendidas en el régimen:

La obligación de informar alcanza a las siguientes operaciones, sean o no generadoras de crédito o débito fiscal en el impuesto al valor agregado: 
  • Compras, locaciones o prestaciones recibidas e importaciones definitivas de bienes y servicios —así como todo otro concepto facturado o liquidado por separado, relacionado con las mismas o con su forma de pago— que, como consecuencia de cualquier actividad que desarrollen, realicen con proveedores, locadores, prestadores, comisionistas, consignatarios, etc.
  • Ventas, locaciones o prestaciones realizadas, exportaciones definitivas de bienes y servicios, así como todo otro concepto facturado o liquidado por separado, relacionado con las mismas o con su forma de pago.
  • Descuentos y bonificaciones otorgados, quitas, devoluciones y rescisiones efectuadas, que se documenten en forma independiente de las ventas, locaciones y prestaciones.
  • Deberán incluirse en el presente régimen informativo todas las operaciones que resulten generadoras de débito/crédito fiscal cuya sumatoria determine el monto total del débito/crédito fiscal a ser consignado en la declaración jurada del impuesto al valor agregado correspondiente al mismo período mensual que se informa.

Aplicativo:

Para suministrar la información, deberán utilizar el programa aplicativo denominado “AFIP – DGI – REGIMEN DE INFORMACION DE COMPRAS Y VENTAS – Versión 1.”
El mismo se puede descargar  ingresando aquí
A tener en cuenta:
La primer información a proporcionar comprende el detalle de los meses de enero febrero de 2015 y debe ser cumplimentada a la fecha de vencimiento de la declaración jurada de IVA del período mayo, es decir, en Junio 2015, de acuerdo a la terminación del CUIT: 
Terminación de CUITFecha de Vencimiento
0-1
18/06/2015
2-3
19/06/2015
4-5
22/06/2015
6-7
23/06/2015
8-924/06/2015
El resto de los períodos se deberá presentar de acuerdo al siguiente cronograma: 
Meses a informarFecha de Vencimiento
Enero y Febrero de 2015
Junio de 2015 (DDJJ IVA Mayo/15)
Marzo y Abril de 2015
Julio de 2015 (DDJJ IVA Junio/15)
Mayo y Junio de 2015
Agosto de 2015(DDJJ IVA Julio/15)
Julio y Agosto de 2015
Septiembre de 2015 (DDJJ IVA Agosto/15)
Fuente: www.eco-nomicas.com.ar

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