26 de marzo de 2012

AGIP: Agentes de Recaudación IB. RG 158/12. Modificación de alícuotas

Compartimos el email que reciben los Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos CABA, enviado desde la AGIP (ARCIBA), informando la modificación de las alícuotas según la RG 158/12

CONTRIBUYENTE DE LA CIUDAD:

 

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires continúa trabajando por un sistema tributario más equitativo, con reglas claras que conjuguen un creciente control de las obligaciones, con los beneficios del buen cumplimiento.

En la convicción de que la articulación público-privada es clave para generar una red que mejore el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los involucrados en cada actividad económica, usted ha sido oportunamente incorporado al universo de Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
En este marco, le comunicamos que por RESOLUCION Nº 158-AGIP/2012 serán modificadas, a partir del 1 DE ABRIL DE 2012, las alícuotas a aplicar en lo que respecta a retención de contribuyentes del Régimen Simplificado con Magnitudes Superadas, percepción en Fabricación y Comercialización de Medicamentos para Uso Humano y en Comercio Electrónico.

Link Acceso a Resolucion  158-AGIP/2012:

http://www.agip.gov.ar/web/ag-rec-alicuotas/agentes-de-recaudacion-alicuotas.html


Importante: 

Para satisfacer cualquier inquietud y/o consulta que desee realizar, podrá comunicarse a los teléfonos 4323 - 8600 / 8700 / 8800, Internos 16503 / 16504; por Correo Electrónico: arciba@agip.gov.ar; mediante la línea gratuita 147; a través de InfoRentas ingresando en nuestro sitio web www.agip.gob.ar o personalmente en Viamonte 900, Planta Baja, Sector Orientación. Asimismo, con el fin de brindar una mejor calidad de atención y celeridad en su trámite, puede utilizar la opción “Solicitud de turnos on-line” ingresando en el sitio web antes mencionado.
PIENSE ANTES DE IMPRIMIR. AHORRAR PAPEL ES CUIDAR NUESTRO AMBIENTE.

Se deja constancia que la presente comunicación debe ser considerada como comunicación valida atento lo dispuesto por el Decreto 417/GCBA/08 que establece "Articulo 1º - instrúyase a todos los organismos dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad a utilizar el correo electrónico institucional de la Ciudad como único medio de comunicación fehaciente de los actos internos de administración que no produzcan efectos jurídicos individuales directos no pudiéndose en lo sucesivo utilizar el papel para estas comunicaciones."

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